Seguridad infantil en piscinas
Viernes, 1 Junio, 2012 por mangelesMás del 80 % de las muertes infantiles por ahogamientos en piscinas suceden en piscinas privadas, la normativa de seguridad de estos espacios se rige por un vacío legal además de poca o nula información al respecto.
Francia es el país europeo precursor en la protección de menores frente a los ahogamientos en piscinas, bajo el objetivo de salud pública de reducir la accidentología doméstica vinculada al uso de piscinas por los niños, Francia decretó en 2003 una ley donde toda piscina de uso individual o colectiva debe contar con un dispositivo de seguridad normalizado, con el objeto de prevenir riesgos de ahogamientos.
En España, no existe tal ley y mucho menos tal normalización, por lo que los fabricantes de dispositivos de seguridad se han de regir por la norma AFNOR que estipula los requisitos básicos de normalización para conseguir estos efectos.
Las necesidades y características de los niños se han de tener en cuenta a la hora de concienciarnos del problema y de poner medios adecuados que eviten tales tragedias: los niños deben investigar, correr, experimentar, etc., para un completo desarrollo, los niños corren y es normal, como normal es su continuo desarrollo evolutivo y las consecuencias derivadas en caídas constantes.
Desde la Asociación Unidos por la Seguridad Infantil, apoyamos todas las causas que deriven en la protección de menores, y la prevención de ahogamientos infantiles en las piscinas que año tras año sacuden la conciencia de muchas personas al conocerse las víctimas, su corta edad y el drama que acompaña la historia de los que se quedan.
Como decíamos Francia fue pionera, los resultados cuantitativos en reducción de victimas desde la implantación de dicha ley ha sido espectacular, aunque en honor de la verdad debemos revelar que dicha ley empezó a gestarse al fallecer el hijo de un senador, ¿tenemos que esperar que en España suceda lo mismo para que quien tiene el poder de legislar se conciencie de la necesidad de actuar?, esperamos que no sea así, por si acaso mientras tanto os animamos a firmar la petición popular que ha llevado a cabo una persona particular concienciada y os ofrecemos nuestro decálogo para la seguridad infantil en piscinas.
Pulsa aquí para firmar por la seguridad de los niños!
Decálogo de seguridad infantil en piscinas
Partiendo de la base de las necesidades y características de los niños, su desarrollo evolutivo y su manera de actuar, debemos ponernos en su papel para adecuar el entorno a la prevención o lo que es lo mismo: conocer, evaluar y detectar los puntos de riesgo para adoptar medidas preventivas eficaces.
1. Observar el entorno con “ojos de niño”: nuestra responsabilidad como adultos es no perderlos de vista ni un momento, pero los accidentes ocurren en 1 solo segundo de distracción, por lo que sabiendo cómo actúa el niño podremos actuar en base a sus necesidades.
2. Niveles de protección: a partir del punto anterior, realizar el camino desde el hogar hasta la piscina observando si tenemos dispositivos de seguridad que impidan que un niño en un descuido llegue hasta la piscina.
3. Mantener los juguetes alejados de la piscina: Sobre todo cuando tenemos bebés de menos de 4 años, en ocasiones estos pequeños exploradores quieren alcanzar aquel juguete que está dentro del agua o cerca del vaso de la piscina, y debido a que no dominan su cuerpo totalmente, es extremadamente fácil que éstos caigan accidentalmente dentro. Coger el hábito de después de baño, recoger todos los juguetes o elementos que estén dentro del agua y en los alrededores y alejarlos.
4. Aprendizaje: los niños deben aprender a nadar lo antes posible, o por lo menos deben realizar clases que les permita flotar si entran en contacto con el agua.
5. Visibilidad continua: Aunque los niños ya sean más mayores y sepan nadar perfectamente, esto no es motivo para no dejar de supervisarlos. Muchas veces una caída, un golpe o una mala digestión pueden provocar un desvanecimiento dentro del agua. JAMÁS, hay que dejar a los niños sin vigilancia.
6. Elementos de seguridad pasiva: se denominan así aquellos dispositivos como alarmas perimetrales o de inmersión que nos avisan de que el niño ha entrado en contacto con el agua, por lo que el tiempo de reacción del adulto es muy corto, recordamos: el niño ya ha entrado en contacto con el agua.
7. Elementos de seguridad activa: son aquellos que evitan el contacto del niño con el agua, como son las vallas de piscinas o los cobertores, estos dispositivos son los más valorados desde el punto de vista preventivo ya que el niño NO puede entrar en contacto con el agua. Todos estos dispositivos deben cumplir con la Norma AFNOR referida a cada uno de ellos.
8. Piscinas de uso no habitual: en el caso de estar en hogares de otras personas, casas de vacaciones, etc., donde ni el niño ni los adultos estamos familiarizados con el entorno, la vigilancia ha de ser mucho más estricta.
9. Dispositivos de rescate: se debe disponer de salvavidas, pértiga y un teléfono cerca de la piscina.
10. Entorno de la piscina: Tanto el suelo del interior de la piscina, como el del exterior ha de estar protegido por materiales antideslizantes. A veces también existen esquinas peligrosas en el interior que habría que proteger con cantoneras especiales. por supuesto las escaleras y los peldaños han de ser accesibles en la salida de los más pequeños del baño, con pasamanos adecuados, y por último, recordar que los niños han de correr y jugar por lo que es básico acompañarlos de calzado antideslizante para evitar que resbalen.
Por último recordar que los elementos de flotación deben estar certificados y con el marcaje CE, y que en ningún caso sustituyen la vigilancia del adulto.




























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